Cómo se ve en la vida real
Una persona que pagó una deuda atrasada y estuvo en mora menos de dos años queda con el dato negativo por el doble del tiempo de mora; si fue más de dos años, el máximo son cuatro años contados desde el pago.
Cómo se calcula
Ley estatutaria que modifica la Ley 1266 de 2008: fija la permanencia del dato negativo en el doble del tiempo de mora y máximo cuatro años desde el pago, y caduca el dato a los ocho años desde que la obligación entró en mora, aunque no se pague.
Para ir más a fondo
Que el dato caduque no extingue la deuda: la obligación puede seguir existiendo y cobrarse según las reglas de prescripción. La ley también regula el aviso previo al reporte.