Cómo se ve en la vida real
Una empresa puede contratar por 30 días de prueba y terminar la relación si la persona no demuestra las aptitudes. Si no hay motivo para terminar, el contrato continúa.
Cómo se calcula
Figura del artículo 39-A de la LFT: en contratos por tiempo indeterminado o más de 180 días, el periodo no excede de 30 días, o 180 para puestos de dirección y gerencia general. Debe constar por escrito y no puede repetirse con la misma persona.
Para ir más a fondo
Durante el periodo de prueba hay derecho a prestaciones, seguridad social y salario. Terminar la relación al concluirlo no genera indemnización, pero sí finiquito.