Cómo se ve en la vida real
Para una vivienda de $300.000.000 con financiación del 70%, el banco presta $210.000.000 y el comprador aporta $90.000.000 de cuota inicial.
Cómo se calcula
La Ley 546 de 1999 limita la financiación a 70% del valor del inmueble para vivienda diferente de interés social y a 80% para vivienda de interés social. El resto es cuota inicial, que puede completarse con ahorro, cesantías, AFC y subsidios.
Para ir más a fondo
Los topes son máximos; la entidad puede prestar menos según el ingreso y el historial. Los gastos de escrituración y otros costos se suman a la cuota inicial.